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Asesoría comercial

Estados Unidos impone nuevos aranceles en virtud de la Sección 232 y requisitos de precio mínimo de importación para productos de polisilicio y de la cadena de suministro solar.

El Presidente ha emitido una proclamación en virtud de la Sección 232 en la que determina que las importaciones de polisilicio y ciertos productos derivados representan una amenaza para la seguridad nacional de Estados Unidos, y que los precios mínimos de importación y los aranceles adicionales entrarán en vigor el 4 de diciembre de 2026.

  • Estados Unidos impone nuevos aranceles en virtud de la Sección 232 y requisitos de precio mínimo de importación para productos de polisilicio y de la cadena de suministro solar.
  • United States
  • 6 ago 2026
  • 7 minutos de lectura
NewPublicado 6 ago 2026En vigor 4 dic 2026

De un vistazo

Accion recomendada
Elaborar un mapa de la cobertura del HTS, comparar los precios de los contratos con el cronograma del MIP y preparar la documentación de la primera venta antes de la fecha de entrada en vigor del 4 de diciembre de 2026.
Fecha de entrada en vigor
4 de diciembre de 2026
Que cambio
Una proclamación de la Sección 232 establece precios mínimos de importación para el polisilicio, las obleas, las células solares y los módulos, además de un arancel adicional del 15% sobre los derivados de polisilicio cubiertos.
A quien afecta
Importadores de polisilicio, lingotes, obleas, células solares, módulos solares y productos derivados relacionados.
Impacto empresarial
Las importaciones realizadas a partir del 4 de diciembre de 2026 podrían estar sujetas a aranceles de ajuste del MIP, un arancel del 15 % según la Sección 232 y una documentación más estricta por parte de la CBP. La UE, Japón, Corea, Taiwán, Suiza y Liechtenstein suman un 15 %; la Sección 232 del Reino Unido es del 10 %.

Acciones recomendadas

¿Qué deberían hacer los importadores a continuación?

  • Confirme si el polisilicio, las obleas, las células, los módulos o los derivados importados están cubiertos por la proclamación.
  • Compare los precios actuales y los precios contractuales con el nuevo cuadro de precios mínimos de importación.
  • Prepare la documentación que demuestre que la primera venta realizada en condiciones de mercado en EE. UU. cumple con el MIP o está cubierta por un contrato anterior a la proclamación.
  • Modela el arancel adicional del 15% de la Sección 232 sobre los derivados de polisilicio cubiertos.
  • Revisar el tratamiento del país de origen para los envíos procedentes de la UE, Japón, Corea del Sur, Taiwán, Suiza, Liechtenstein y el Reino Unido.
  • Evaluar la elegibilidad para la devolución de impuestos y cualquier oportunidad de programa de relocalización del comercio.

Punto clave

Las importaciones de la cadena de suministro solar que entren en vigor a partir del 4 de diciembre de 2026 necesitarán documentación MIP y podrían estar sujetas a un arancel del 15 % en virtud de la Sección 232, además de los aranceles existentes.

Descripción general

El Presidente ha emitido una proclamación en virtud del artículo 232 de la Ley de Expansión Comercial de 1962, en la que determina que las importaciones de polisilicio y ciertos productos derivados del polisilicio representan una amenaza para la seguridad nacional de Estados Unidos. En consecuencia, la Administración implementará una combinación de Precios Mínimos de Importación (PMI), aranceles adicionales e incentivos a la manufactura nacional, con el fin de fortalecer la cadena de suministro de polisilicio y energía solar en Estados Unidos.

Los nuevos requisitos se aplicarán a los productos cubiertos que se introduzcan para el consumo, o que se retiren del almacén para su consumo, a partir de las 00:01 (hora del este) del 4 de diciembre de 2026.

Programa de Precio Mínimo de Importación

La proclamación establece los siguientes precios mínimos de importación para los productos cubiertos:

  • Polisilicio: 21 dólares por kilogramo
  • Lingotes y obleas de polisilicio: 100 dólares por kilogramo.
  • Celdas solares: 0,22 dólares por vatio
  • Módulos solares: 0,38 dólares por vatio

El Secretario de Comercio podrá ajustar periódicamente estos niveles de MIP para reflejar las condiciones del mercado y los precios justos de mercado.

Documentación y aplicación de la normativa de importación

Los importadores deben proporcionar documentación al Servicio de Aduanas y Protección Fronteriza de EE. UU. que demuestre que la primera venta entre partes independientes en los Estados Unidos se realizará a un precio igual o superior al Precio Mínimo de Importación (PMI) aplicable, o que la venta se rige por un contrato celebrado antes de la fecha de la proclamación.

Si no se proporciona la documentación suficiente, la mercancía importada estará sujeta a un arancel específico equivalente al Precio Mínimo de Importación (PMI) aplicable. Si se proporciona la documentación, pero el valor declarado es inferior al PMI, el importador deberá pagar un arancel específico equivalente a la diferencia entre el valor declarado y el PMI aplicable.

Disposiciones adicionales sobre aranceles y países de la Sección 232

Además del programa MIP, las importaciones cubiertas de derivados de polisilicio identificados en la proclamación estarán sujetas a un arancel adicional del 15% ad valorem en virtud de la Sección 232.

Para las importaciones originarias de los Estados miembros de la Unión Europea, Japón, Corea del Sur, Taiwán, Suiza y Liechtenstein, el arancel combinado de la Columna 1 y el arancel de la Sección 232 será del 15 %. Para las importaciones originarias del Reino Unido, el arancel aplicable de la Sección 232 será del 10 %.

Fabricación nacional, reembolso de gastos y consideraciones para los importadores.

El Departamento de Comercio ha sido autorizado a establecer un programa de relocalización para fomentar la inversión en plantas de fabricación estadounidenses que produzcan polisilicio en bruto, lingotes, obleas y células solares. Las empresas que presenten planes de inversión nacional aprobados podrán beneficiarse de una exención temporal de los aranceles de la Sección 232 sobre los equipos de producción y productos cubiertos que sean necesarios para la construcción y expansión de las instalaciones.

Se permitirá la devolución de los aranceles de fabricación conforme a las secciones 1313(a) y (b) del Título 19 del Código de los Estados Unidos para los aranceles impuestos en virtud de esta proclamación cuando se cumplan los criterios especificados. En general, para ser elegible, la mercancía no debe estar sujeta a órdenes de derechos antidumping o compensatorios, los productos deben provenir de socios designados en acuerdos comerciales y el contenido de polisilicio debe provenir en su totalidad de países socios que cumplan con los requisitos.

Los importadores de polisilicio, obleas, células solares, módulos solares y productos relacionados deben revisar las clasificaciones de los productos, evaluar los precios en función de los nuevos requisitos del MIP, preparar los procedimientos de certificación, evaluar el arancel adicional del 15 % de la Sección 232 y considerar alternativas de abastecimiento que puedan optar a un trato preferencial.

Evaluar la exposición al suministro solar de la Sección 232

Crane Trade Consulting puede ayudar a revisar la cobertura del Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías (SA), la documentación del MIP y la exposición a aranceles para las importaciones de polisilicio y paneles solares.