De un vistazo
- Que cambio
- El Tribunal Federal de Apelaciones revoca la decisión del Tribunal de Impuestos sobre la Renta de las Sociedades y permite la imposición de aranceles en virtud del artículo 232 sobre los derivados del acero.
- A quien afecta
- Government
- Impacto empresarial
- El 7 de febrero de 2023, un panel de tres jueces del Tribunal de Apelaciones del Circuito Federal de los Estados Unidos (CAFC) emitió una opinión en el caso PrimeSource Building Products Inc. v. United States et al, Caso No. 2021-2066, revocando una decisión de un tribunal inferior y…
Descripción general
El 7 de febrero de 2023, un panel de tres jueces del Tribunal de Apelaciones de los Estados Unidos para el Circuito Federal (CAFC) emitió una opinión en PrimeSource Building Products Inc. v. Estados Unidos et al, Caso No. 2021-2066, revocando una decisión de un tribunal inferior y confirmando la imposición de aranceles adicionales de seguridad nacional de la Sección 232 sobre derivados de ciertos artículos de acero importados.opiniónEl Tribunal de Comercio Internacional de los Estados Unidos (CIT) emitió en abril de 2021 una resolución que invalidó la Proclamación Presidencial 9980, la cual impuso aranceles del 25% a estos productos derivados del acero de conformidad con la Sección 232 de la Ley de Expansión Comercial de 1962. El CIT falló a favor del demandante PrimeSource Building Products, Inc., que argumentó que la proclamación se emitió después de que hubiera vencido un plazo legal clave que requería una acción presidencial. Para obtener más información sobre el caso y el desestimiento de otras demandas por parte del CIT, consulte las Actualizaciones de6 de abril de 2021 y 28 de enero de 2021.
En la opinión del CAFC, los jueces revocaron el fallo del CIT que dictaminó que el gobierno tardó demasiado en actuar, afirmando que «el Presidente estaba tomando una decisión basada en contingencias, una característica común de los planes de acción». Los jueces señalaron que el Presidente Trump utilizó «una herramienta que podría haber usado en el conjunto inicial de medidas y que posteriormente consideró importante para abordar una forma específica de elusión que el Congreso reconoció al autorizar la cobertura de los derivados de los artículos cuyas importaciones el Secretario consideró que amenazaban la seguridad nacional». Los jueces determinaron que «no existe fundamento textual para un límite de tiempo específico para los ajustes bajo un plan adoptado oportunamente» y que el expresidente Trump tenía la autoridad para imponer el arancel a los derivados del acero. Los jueces señalaron que las imposiciones bajo la Sección 232 «se han modificado en numerosas ocasiones muchos años después de su adopción inicial».
Al ratificar la Proclamación 9980 en esta apelación de PrimeSource, los jueces determinaron que no existía prescripción ni otro motivo para “revocar el criterio del Presidente” y que, de hecho, se había instruido al Departamento de Comercio para que continuara supervisando las importaciones de artículos de acero e informara sobre cualquier circunstancia que pudiera requerir medidas adicionales. Una vez informado de que las importaciones de derivados del acero habían aumentado en un aparente intento de eludir los aranceles de la Sección 232, el Presidente tenía la autoridad para extender dichos aranceles. La opinión concluye que la Proclamación 9980 “se ajusta a la interpretación de la Sección 232 que el Tribunal de Apelaciones del Circuito Federal (CAFC) adoptó en el caso Transpacific”.
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