De un vistazo
- Que cambio
- Importaciones de aluminio procedentes de Canadá: Actualización
- A quien afecta
- North America
- Impacto empresarial
- A partir de las 12:01 a. m. del 1 de septiembre de 2020, los importadores ya no están obligados a declarar la partida arancelaria HTS 9903.85.21 en las importaciones de aluminio sin alear en bruto.
Descripción general
A partir de las 12:01 a. m. del 1 de septiembre de 2020, los importadores ya no están obligados a declarar la partida arancelaria 9903.85.21 del Sistema Armonizado (SA) en las importaciones de artículos de aluminio no aleado sin labrar que sean un producto de Canadá, según se describe en la partida 7601.10. Sin embargo, las mercancías importadas antes del 1 de septiembre de 2020 siguen sujetas a los aranceles adicionales establecidos en la partida 9903.85.21.
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