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Asesoría comercial

Inicio de las investigaciones sobre AD y CVD: Hidrolimpiadoras a gas de China y Vietnam.

El 19 de enero de 2023, el Departamento de Comercio (Commerce) inició sus investigaciones sobre el valor inferior al justo y los derechos compensatorios sobre las “lavadoras a presión a gas procedentes de la República Popular China (China) y la República Socialista de China (República de China y la República Socialista de China y la República Socialista de China y la República Socialista de China y la República Socialista de China y la República Socialista de China y la República Socialista de China y la República Socialista de China y la República Socialista de China y la República Socialista de China y la República Socialista de China y la República Socialista de China y la República Socialista de China y la República Socialista

  • Inicio de las investigaciones sobre AD y CVD: Hidrolimpiadoras a gas de China y Vietnam.
  • 19 ene 2023
Publicado 19 ene 2023

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Inicio de las investigaciones sobre AD y CVD: Hidrolimpiadoras a gas de China y Vietnam.
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El 19 de enero de 2023, el Departamento de Comercio (Commerce) inició sus investigaciones sobre el valor inferior al justo y los derechos compensatorios sobre las “lavadoras a presión a gas procedentes de la República Popular China (China) y la República Socialista de China (República de China y la República Socialista de China y la República Socialista de China y la República Socialista de China y la República Socialista de China y la República Socialista de China y la República Socialista de China y la República Socialista de China y la República Socialista de China y la República Socialista de China y la República Socialista de China y la República Socialista de China y la República Socialista de China y la República Socialista

Descripción general

El 19 de enero de 2023, el Departamento de Comercio (Commerce) inició sus investigaciones sobre el valor inferior al justo y los derechos compensatorios relativos a las hidrolimpiadoras a gas procedentes de la República Popular China (China) y la República Socialista de Vietnam (Vietnam) (Avisos de Inicio). A estas investigaciones se les han asignado los siguientes números de caso: A-570-148 y C-570-149 (China), y A-552-008 (Vietnam).

El alcance de la mercancía objeto de estas investigaciones es el siguiente:

La mercancía objeto de estas investigaciones son las hidrolimpiadoras de agua fría a gas (lavadoras de agua), que son máquinas que limpian superficies mediante presión de agua y que funcionan con un motor de combustión interna refrigerado por aire con toma de fuerza, en combinación con una bomba de desplazamiento positivo. El conjunto de todos los componentes se define como la «unidad de potencia». El alcance de estas investigaciones abarca las hidrolimpiadoras, tanto terminadas como sin terminar, ensambladas o empaquetadas con bastidor, carro o plataforma, con o sin ruedas, ensambladas o desmontadas, e incluyendo o no piezas o accesorios adicionales para el funcionamiento de la «unidad de potencia», tales como pistolas pulverizadoras, mangueras, lanzas y boquillas.

La inclusión en un tercer país de cualquier componente distinto de la unidad motriz no excluye a la hidrolavadora del alcance de la investigación. Una hidrolavadora está sujeta a estas investigaciones independientemente del origen de su motor. La mercancía objeto de la investigación también incluye hidrolavadoras terminadas y sin terminar que se procesan posteriormente en un tercer país o en los Estados Unidos, incluyendo, entre otros, el ensamblaje o cualquier otro procesamiento que, de realizarse en el país de fabricación de la hidrolavadora en cuestión, no la excluiría del alcance de estas investigaciones.

El ámbito de aplicación excluye las hidrolimpiadoras de agua caliente a gas, que incluyen un elemento calefactor para calentar el agua pulverizada. También se excluyen las mercancías sujetas a las órdenes de derechos antidumping y compensatorios sobre determinados motores de eje vertical de entre 99 cc y 225 cc, y sus piezas, procedentes de la República Popular China.

Las hidrolimpiadoras de agua fría a gas sujetas a estas investigaciones están clasificadas en el Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías de los Estados Unidos (SAUS) como las subpartidas 8424.30.9000 y 8424.90.9040.

Requisitos para presentar comentarios sobre el alcance de las investigaciones:

Deben cumplirse los tres requisitos que se detallan a continuación.

Fecha límite para enviar comentarios:El Departamento de Comercio ha reservado un período para que las partes interesadas planteen cuestiones relativas a la cobertura del producto (alcance). Este período tiene como objetivo brindar al Departamento de Comercio la oportunidad suficiente para revisar todos los comentarios y, de ser necesario, consultar con las partes antes de la emisión de las determinaciones preliminares. Si los comentarios incluyen información fáctica (véase 19 CFR 351.102(b)(21)), dicha información deberá limitarse a información pública. Todos los comentarios deberán presentarse antes de las 17:00 (hora del este) del 8 de febrero de 2023. Los comentarios de refutación deberán presentarse antes de las 17:00 (hora del este) del 21 de febrero de 2023. El Departamento de Comercio solicita que toda la información fáctica relevante para el alcance se presente durante este período.Todos estos comentarios deberán archivarse en los registros de cada una de las investigaciones concurrentes de EA y ECV identificadas anteriormente.

Para que una parte participe en este segmento y sea incluida en la lista de servicio público, debe presentar una carta de comparecencia. La Sección 351.103(d)(1) de las regulaciones del Departamento de Comercio establece que “con la excepción de un peticionario que presente una petición en una investigación, para ser incluido en la lista de servicio público para un segmento en particular, cada parte interesada debe presentar una carta de comparecencia”. La carta de comparecencia debe presentarse por separado de cualquier otro documento, con la excepción de una solicitud de acceso a la APO. La carta de comparecencia debe indicar cómo la parte califica como parte interesada (por ejemplo, un exportador, productor, importador de la mercancía en cuestión) y debe incluir un punto de contacto, incluyendo dirección, número de teléfono/fax y dirección de correo electrónico. Si tiene una cuenta de E-Filer para el Sistema Electrónico Centralizado de Servicio Antidumping y de Derechos Compensatorios (ACCESS) de Cumplimiento y Aplicación de la Ley, también puede ingresar su comparecencia iniciando sesión enACCESOy haciendo clic en “Gestionar entrada de apariencia” y luego en “Crear nueva entrada de apariencia”.

Todas las solicitudes al Departamento de Comercio deben presentarse electrónicamente a través de ACCESS. El documento presentado electrónicamente debe completarse y recibirse correctamente antes de la fecha límite.

Para su comodidad, el Departamento de Comercio pone a su disposición en línea los siguientes recursos para ayudarle a cumplir con estos procedimientos de presentación electrónica:

Tenga en cuenta que los requisitos de certificación son obligatorios para los funcionarios de empresas y gobiernos, así como para sus representantes. En todas las fases de los procedimientos antidumping o compensatorios, las partes que presenten información fáctica deben cumplir con la norma 19 CFR 351.303(g) relativa al requisito de certificar la información presentada.

Comprender las circunstancias críticas para la aplicación de derechos antidumping y compensatorios.

La figura de las circunstancias críticas es una disposición contemplada tanto en las leyes antidumping como en las de derechos compensatorios (AD/CVD) que permite la imposición retroactiva limitada de derechos si se cumplen ciertas condiciones.Los importadores deben tener en cuenta que las importaciones de mercancías sujetas a derechos antidumping o compensatorios realizadas después del inicio de una investigación antidumping o compensatoria pueden estar sujetas retroactivamente a derechos antidumping o compensatorios.

Una herramienta importante para el Departamento de Comercio y la Comisión de Comercio Internacional de EE. UU. (ITC) para contrarrestar posibles aumentos repentinos de importaciones durante la fase inicial de una investigación antidumping o compensatoria (AD/CVD) son las circunstancias críticas que se puedan determinar. El solicitante en una investigación AD/CVD dispone de hasta 21 días antes de la fecha de la resolución final del Departamento de Comercio para alegar circunstancias críticas durante la investigación. Si el Departamento de Comercio determina que existen circunstancias críticas, tiene la facultad legal para ordenar la suspensión retroactiva de la liquidación y el depósito en efectivo para las declaraciones realizadas antes de la emisión de una resolución preliminar o final AD/CVD.

La facultad del Departamento de Comercio para suspender retroactivamente las importaciones por derechos antidumping y compensatorios se limita a aquellas realizadas a partir de la fecha que resulte posterior entre: (1) 90 días antes de la fecha de entrada en vigor de la primera orden de suspensión de la liquidación, o (2) la fecha en que se publique en el Registro Federal la decisión de iniciar la investigación. En ambos casos, se deberán abonar los depósitos en efectivo por derechos antidumping y compensatorios correspondientes a las importaciones sujetas a determinaciones de circunstancias críticas.

Si, tras una determinación preliminar del Departamento de Comercio sobre la existencia de circunstancias críticas, tanto el Departamento de Comercio como la Comisión de Comercio Internacional (CCI) emiten una determinación final afirmativa de dumping o subvención, pero alguna de las agencias emite una determinación final negativa sobre la existencia de circunstancias críticas, el Departamento de Comercio instruirá a la Oficina de Aduanas y Protección Fronteriza de EE. UU. (CBP) para que levante la suspensión de las importaciones realizadas durante el período de 90 días de circunstancias críticas y reembolse los depósitos en efectivo efectuados con respecto a dichas importaciones. En esta etapa del caso AD/CVD, no se devengan intereses sobre los reembolsos de depósitos en efectivo.

Para obtener más información, póngase en contacto con:

Operaciones, Aplicación y Cumplimiento de las Normas Antidumping y de Defensa Compensatoria, Departamento de Comercio de los Estados Unidos, 1401 Constitution Avenue NW, Washington, DC 20230:

Dusten Hom al (202) 482-5075 (Investigación de derechos antidumping de China);

Laurel LaCivita al (202) 482-4243 (Investigación de derechos antidumping de Vietnam);

Brontee George al (202) 482-4656 (Investigación sobre derechos compensatorios de China).

Las resoluciones relacionadas con estos procedimientos, emitidas por el Departamento de Comercio y la ITC, se publicarán en el Registro Federal. Las partes también pueden consultar las instrucciones públicas de AD/CVD del Departamento de Comercio para la CBP en ACE y “ADCVD Search” enhttps://aceservices.cbp.dhs.gov/adcvdweb.

Para preguntas sobre la aplicación de las normas AD/CVD de la CBP, consultehttps://www.cbp.gov/trade/priority-issues/adcvd

Crane Trade Services puede ayudarle con cualquier pregunta relacionada con este asunto. Para obtener ayuda, póngase en contacto con nosotros.CWTSConsulting@craneww.com.

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