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Asesoría comercial

Las nuevas funcionalidades de CAPE permiten un procesamiento más temprano de los reembolsos para las entradas marcadas para conciliación.

El Servicio de Aduanas y Protección Fronteriza de EE. UU. (CBP) ha publicado una guía actualizada que amplía las capacidades de la herramienta de Administración y Procesamiento Consolidado de Entradas (CAPE) dentro del Entorno Comercial Automatizado (ACE). Esta guía entrará en vigor el 29 de junio…

  • Las nuevas funcionalidades de CAPE permiten un procesamiento más temprano de los reembolsos para las entradas marcadas para conciliación.
  • 29 jun 2026
Publicado 29 jun 2026

Descripción general

La Oficina de Aduanas y Protección Fronteriza de EE. UU. (CBP) ha publicado una guía actualizada que amplía las capacidades de la herramienta de Administración y Procesamiento Consolidado de Entradas (CAPE) dentro del Entorno Comercial Automatizado (ACE). A partir del 29 de junio de 2026, los importadores podrán presentar ciertas entradas marcadas para conciliación a través de CAPE, incluso cuando aún no se haya presentado la declaración de conciliación, lo que brinda mayor flexibilidad para solicitar reembolsos de los aranceles impuestos en virtud de la Ley de Poderes Económicos de Emergencia Internacional (IEEPA).

CAPE se lanzó el 20 de abril de 2026 para facilitar el procesamiento de los reembolsos de derechos de aduana de la IEEPA. Esta última actualización representa una mejora significativa con respecto a la funcionalidad inicial, ya que permite la participación de las entradas marcadas para conciliación en una etapa anterior de su ciclo de vida.

La CBP ahora permitirá la presentación de declaraciones CAPE para los tipos de entrada 01, 02 y 06 marcados para conciliación, incluso cuando la entrada de conciliación (tipo 09) aún no se haya presentado. Esta funcionalidad se aplica únicamente a las entradas no liquidadas y a aquellas que se encuentren dentro de los 80 días posteriores a su liquidación.

El proceso CAPE actualizado permite eliminar los aranceles IEEPA de las declaraciones subyacentes antes de la presentación de la conciliación, separando así el proceso de reembolso de los cálculos de conciliación. Una vez presentada la declaración de conciliación, la CBP considerará que las declaraciones CAPE asociadas se han presentado y aceptado correctamente.

Las entradas para las que ya se ha presentado una conciliación no se incluyen en esta fase. Los importadores con plazos de conciliación próximos deben priorizar la presentación de las conciliaciones para evitar riesgos de incumplimiento. Las entradas ya conciliadas no podrán ser procesadas por CAPE en esta fase.

Los importadores deben evaluar las entradas señaladas para determinar si cumplen los requisitos dentro del plazo de 80 días, evaluar el tiempo transcurrido entre la presentación de las declaraciones CAPE y las obligaciones de conciliación, y coordinarse con los agentes aduanales y asesores para garantizar la secuencia y el cumplimiento adecuados.

Los agentes comerciales deben revisar sus carteras de inversión de inmediato para determinar si cumplen los requisitos y prepararse para la fecha de entrada en vigor del 29 de junio de 2026.

Este aviso se proporciona únicamente con fines informativos y no constituye asesoramiento legal. Los importadores deben consultar con asesores comerciales o profesionales de cumplimiento normativo para evaluar su aplicabilidad a sus circunstancias específicas.

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