Descripción general
Tratamiento temporal libre de impuestos para la leche de fórmula infantil según la Ley de Fórmulas Infantiles: Actualización sobre tarifas
La Oficina de Aduanas y Protección Fronteriza de EE. UU. (CBP) ofrece tratamiento libre de aranceles a un número limitado de ciertos productos de fórmula infantil que ingresen o retiren de almacenes para consumo desde el 22 de julio de 2022 hasta el 31 de diciembre de 2022. Los productos de fórmula infantil elegibles no estarán sujetos a ningún arancel de salvaguardia adicional que pueda imponerse conforme al subcapítulo IV del Capítulo 99 del Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías (SA), ni a ninguna otra cuota de importación, cuota arancelaria, arancel adicional, ni a ningún otro arancel, tasa o cargo que de otro modo se aplicaría a dichos artículos. Las declaraciones bajo la Ley de Fórmulas están exentas de las Tasas de Procesamiento de Mercancías (MPF) y las tasas lácteas, aunque las Tasas de Mantenimiento Portuario (HMF) siguen siendo aplicables. Las declaraciones bajo la Ley de Fórmulas no deben presentarse como Declaraciones de Cuota Tipo 02.
A partir del 27 de octubre de 2022, la CBP implementó un cambio en el ACE para dejar de exigir el pago de la tasa láctea o el MPF en las declaraciones de la Ley de Fórmula hasta el 31 de diciembre de 2022. Los importadores/agentes que hayan presentado declaraciones que cumplan los requisitos de la Ley de Fórmula y hayan pagado la tasa láctea y/o el MPF pueden solicitar el reembolso de dichas tasas.
- Para obtener reembolsos del MPF, los importadores/agentes deben presentar una corrección posterior al resumen.
- Para obtener el reembolso de las tasas lácteas pagadas, los importadores/agentes deben presentar sus solicitudes al Departamento de Agricultura de los Estados Unidos (USDA) con una carta que especifique el motivo del reembolso y la documentación justificativa (por ejemplo, conocimientos de embarque originales y ajustados, listas de empaque, facturas comerciales, cartas del fabricante, resultados de pruebas de laboratorio y el formulario CBP 7501 ajustado).
Se podrán solicitar documentos adicionales durante la revisión. Todos los documentos deben enviarse con la solicitud por correo electrónico ajohn.galbraith@usda.gov(Asunto: USDA, AMS, Programa Lácteo) o por correo:
1400 Avenida Independencia, S.O.
Si tiene preguntas o inquietudes con respecto a esta guía, comuníquese con la Oficina de Comercio, División de Ingresos y Entrada de Operaciones Comerciales (CORE) enOTENTRYSUMMARY@cbp.dhs.gov.
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