Descripción general
El Tribunal de Comercio Internacional de Estados Unidos (CIT) ha emitido una orden de restricción temporal que impide a la Oficina de Aduanas y Protección Fronteriza (CBP) aplicar la Proclamación Presidencial 10101 en lo que respecta a los paneles solares bifaciales. De conformidad con dicha orden, la CBP no hará cumplir la revocación de la exclusión de los paneles solares bifaciales de la medida de salvaguardia de la Sección 201.
El 23 de enero de 2018, el Presidente emitió una proclamación para abordar las medidas de salvaguardia previstas en el artículo 201 de la Ley de Comercio de 1974, por un período de cuatro años, relativas a las células y paneles solares.
El 10 de octubre de 2020, el Presidente emitió una nueva proclamación e introdujo dos modificaciones a la medida del Artículo 201 relativa a las células y paneles solares. La primera consiste en el ajuste del arancel de salvaguardia para células solares (solo para aquellas que superen la cuota) y módulos, correspondiente al cuarto año de la salvaguardia, del 15 % al 18 %, con vigencia a partir del 25 de octubre de 2020. La segunda modificación consiste en la revocación de la exclusión de los paneles solares bifaciales de los aranceles del Artículo 201. El ajuste del arancel entrará en vigor para las importaciones o retiros de almacén para consumo a partir de las 00:01 del 7 de febrero de 2021.
Crane Trade Services puede ayudarle con cualquier pregunta que tenga sobre estas modificaciones. Para obtener ayuda, póngase en contacto con nosotros.CWTSConsulting@craneww.com.
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