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Asesoría comercial

Mecanismo de Ajuste en Frontera del Carbono (CBAM) - Importaciones de la UE

El Mecanismo de Ajuste en Frontera del Carbono (CBAM, por sus siglas en inglés), que fue adoptado por primera vez por la Comisión Europea el 13 de junio de 2023, entrará en vigor en una fase transitoria, y el primer período de presentación de informes está fijado para el 31 de enero de 2024.

  • Mecanismo de Ajuste en Frontera del Carbono (CBAM) - Importaciones de la UE
  • 30 mar 2024
Publicado 30 mar 2024

De un vistazo

Que cambio
Mecanismo de Ajuste en Frontera del Carbono (CBAM) - Importaciones de la UE
A quien afecta
Europe
Impacto empresarial
El Mecanismo de Ajuste en Frontera del Carbono (CBAM, por sus siglas en inglés), que fue adoptado por primera vez por la Comisión Europea el 13 de junio de 2023, entrará en vigor en una fase transitoria, y el primer período de presentación de informes está fijado para el 31 de enero de 2024.

Descripción general

El Mecanismo de Ajuste en Frontera del Carbono (CBAM, por sus siglas en inglés), que fue adoptado por primera vez por la Comisión Europea el 13 de junio de 2023, entrará en vigor en una fase transitoria, y el primer período de presentación de informes está fijado para el 31 de enero de 2024.

¿Quiénes se verán afectados por CBAM?

Importadores de bienes en la Unión Europea (UE) cuya producción genera una importante fuga de carbono. La fuga de carbono se produce cuando una producción con altas emisiones de carbono se traslada a un país con menor énfasis en el control de dichas emisiones. Se verán afectados los importadores de cemento, hierro, acero, aluminio, fertilizantes, electricidad e hidrocarburos.

¿Cómo afectará esto a los operadores?

Durante la fase transitoria, desde el 1 de octubre de 2023 hasta el 31 de diciembre de 2025, el importador declarado o el declarante que presentó la declaración aduanera de importación estará obligado a presentar un informe CBAM trimestralmente. El informe deberá incluir la siguiente información para todas las mercancías que estén comprendidas durante el período de declaración:

  • Cantidad total de cada tipo de producto;
  • Las emisiones totales incorporadas;
  • emisiones indirectas totales;
  • El precio del carbono que se debe pagar en el país de origen por las emisiones incorporadas en los bienes importados, teniendo en cuenta cualquier descuento u otra forma de compensación disponible.

El informe CBAM se presenta a través del Registro Transitorio CBAM, que se pondrá en funcionamiento para los operadores económicos en la UE a partir del 1 de octubre de 2023.

Cuando el agente de aduanas haya actuado como representante indirecto y el importador no esté establecido en la UE, será el agente quien estará obligado a presentar la declaración CBAM, lo que no ocurriría en el caso de una representación directa o si el importador estuviera establecido en la Unión.

Desde el inicio del período transitorio, los importadores y declarantes no necesitarán autorización para importar mercancías comprendidas en el ámbito de aplicación de esta legislación.

Una vez finalizado el período transitorio el 1 de enero de 2026, y con la entrada en vigor del CBAM, el importador o su representante deberán adquirir certificados CBAM, que los Estados miembros de la Unión venden a través de una plataforma centralizada, tras registrarse en el CBAM. El precio de los certificados se determinará en función del precio medio semanal de subasta de los derechos de emisión del RCDE UE (Sistema de Comercio de Derechos de Emisión), expresado en euros por tonelada de CO2 equivalente emitida.

Es posible aplicar compensaciones cuando el país de origen tiene un enfoque similar para la aplicación de gravámenes sobre las emisiones. En ese caso, esto se contabilizaría en forma de reembolso.

¿Qué productos básicos están incluidos en el ámbito de aplicación y qué información debe notificarse?

Cemento, electricidad, fertilizantes, hierro/acero, aluminio, productos químicos.

La siguiente tabla describe qué productos básicos se verán afectados y qué información se debe notificar:

Legislación relacionada:

Representación aduanera Artículo 18,(UE) 952/2013Requisitos de información Artículo 32,(UE) 2023/956

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